viernes, 9 de septiembre de 2011


La Corte llamó a una audiencia por el derecho a la vivienda

07/09/11
Es por una demanda de una ciudadana extranjera, que solicita un plan de asistencia.

La Corte Suprema decidió escuchar en un audiencia pública los argumentos de ambas partes en un conflicto surgido entre una mujer y su hijo discapacitado, por un lado, y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por el otro, a raíz del reclamo para acceder a una vivienda o a la extensión de un plan de ayuda social.
La audiencia será el 15 de setiembre y tendrá únicamente carácter informativo. Fuentes del tribunal señalaron que allí se comenzará a definir cuál es el criterio sobre la asistencia a las personas en “situación de calle”, es decir, que duermen en la vía pública, un tema polémico en el que la Corte puede llegar a fijar un criterio con posterioridad.
La causa llegó al tribunal a raíz de un amparo planteado por una mujer, de origen boliviano, y su hijo de seis años, quien sufre una enfermedad derivada de una encefalopatía crónica. Ambos percibían un subsidio del Gobierno porteño, en el marco de programas sociales vigentes, pero que tienen un límites en el tiempo y el monto que se otorga. La mujer había obtenido un sentencia a favor en primera y segunda instancia, lo que prorrogó esa asistencia hasta el presente, pero luego el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad revocó ese fallo.
A la audiencia pública deberán presentarse funcionarios y apoderados del Gobierno porteño, el abogado de la mujer, identificada como Sonia Quisberth, y por el menor un representante del Ministerio Público. También fue invitado a participar de la audiencia el Procurador General de la Nación, Esteban Righi.
Fuentes de la Corte señalaron a Clarín que se trata de un tema complejo, porque por un lado está el derecho a una vivienda digna y –por el otro– la capacidad del Estado para afrontar esa demanda o el pago de un subsidio por tiempo indeterminado para toda persona que lo reclame.
Además, está en discusión la cuestión de la jurisdicción, esto es, si una persona que vive en la calle, en la ciudad de Buenos Aires en este caso, puede exigir al gobierno de esa jurisdicción un plan de asistencia, más allá de su región de origen, ya sea otra ciudad, otra provincia u otro país, como ocurre en este caso, según señalaron voceros del tribunal.
La mujer, por ella y en representación de su hijo, había impugnado la validez de las limitaciones impuestas en los arts. 5 y 6 del decreto 690/06, por el cual había cobrado en su totalidad el subsidio creado por el programa “Atención a las Familias en Situación de Calle”, consistente en diez cuotas de $ 450 cada una.
La mujer, a través de su abogado, añadió que del informe confeccionado por el “Programa Buenos Aires Presente” surgía que, para marzo de 2008, se encontraban pernoctando en la esquina de las calles Pichincha y Brasil, donde le fue comunicado oficialmente que el subsidio que había estado cobrando por diez meses no era renovable.
En su contestación al planteo, el Gobierno de la Ciudad señaló que la mujer y su hijo “fueron asistidos en el marco de la normativa vigente, que no puede ser tachada de inconstitucional en tanto el otorgamiento del subsidio referido y su monto se encuentran sujetos a la disponibilidad de los recursos del ejercicio presupuestario correspondiente”.
También señaló que “no se demostró una actuación ilegítima o arbitraria por parte del GCBA ni razones para descalificar la constitucionalidad del decreto citado”. Además remarcó que un eventual “aumento del monto del subsidio por parte del Poder Judicial implicaría invadir competencias privativas de la administración”.
Ahora, los jueces de la Corte decidieron abrir un debate que va más allá de este caso concreto y que pone en discusión el alcance del derecho a la vivienda, la obligación o no del Estado de satisfacer esta demanda, y -sobre todo- en qué circunstancias, quiénes y por cuánto tiempo pueden resultar beneficiados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario